PORQUE LA FAMILIA VENDA SU MUERTO, LA JUSTICIA NO DEBE VENDERSE


MANUEL A. VEGA
A menudo se escucha en pueblos y barrios de ciudades de República Dominicana, que matar a una persona es matar a un perro, como queriendo decirse que la vida humana vale igual o meno que la de un canino.
Esta recurrente expresión en mi pueblo, Hato Mayor del Rey, enclavado en el mismo corazón de la región Este de la isla Hispaniola (República Dominicana), es una  constante que favorece a criminales, violadores sexuales, narcotraficantes y  abogados, pero que perjudica la ética y la moral del tren judicial, que se expone al escrutinio o cuestionamiento de la sociedad cuando ve que alguien recobra su libertad por negociaciones "ocultas" que se hacen entre familiares de víctimas y las de matadores o violadores de las leyes.
Los muertos ya no valen nada para familiares, que negocian con pasmosa calma el asesinato de un pariente.
Ya hay quienes piden a Dios que le maten a un familiar, para poder solucionar su pobreza o mitigar un problema perentorio del hogar.
El nuevo Código Procesal Penal permite las negociaciones entre las partes, lo que permite que se enajene o contamine la diafanidad de la justicia.
El Art. 3 de la nueva ordenanza jurídica establece que nadie puede ser sancionado a una pena o medida de seguridad sin un juicio previo.
El juicio se ajusta a los principios de oralidad, publicidad, contradicción, inmediación, celeridad y concentración.
Las negociaciones entre familiares de víctimas e imputados están supeditadas a la medida de coerción, que priva la libertad del acusado, mecanismo judicial a la que todo el mundo tiene terror.
En el Art. 16 que trata sobre el límite razonable de la prisión preventiva, se establece claramente que la prisión preventiva está sometida a un límite temporal razonable a los fines de evitar que se convierta en una pena anticipada.
Porque la familia venda sus muertos, la justicia no debe venderse.
Muchos casos de crímenes quedan impunes en los tribunales de justicias, porque falla el ejercicio de la acción penal, que es pública o privada.
El artículo 29 del Código Procesal Penal es cortante en explicar que cuando la acción penal es pública corresponde al ministerio público, sin perjuicio de participación que el código concede a la víctima, y que es privada cuando su ejercicio únicamente corresponde a la víctima.
En el artículo 30 sobre la obligatoriedad de la acción pública, el ministerio público debe perseguir de oficio todos los hechos punibles de que tenga conocimiento, siempre que existan suficientes elementos fácticos para verificar su ocurrencia. La acción pública no se puede suspender, interrumpir ni hacer cesar, sino en los casos y según lo establecido en este código y las leyes.
En los casos de acción pública, el ministerio público debe desestimar la conciliación e iniciar o continuar la acción cuando tenga fundados motivos para considerar que alguno de los intervinientes ha actuado bajo coacción o amenaza.
Las negociaciones judiciales están empañando los principios y la moral, no solo de jueces y fiscales, sino a la sociedad misma, que en muchos casos espera en casos espeluznantes, acciones ejemplarizadoras, que orienten hacia la dignidad de  los seres humanos.
Las muertes de civiles en manos de agentes policiales, son el ejemplo más tangible de cómo se ha perdido el amor a la familia, a los hijos muertos.
En Hato Mayor, no solo se negocia la muerte de alguien, sino también las vaginas de adolescentes, que son estupradas por familiares y vecinos.
Se está implantando "las sentencias fuera de los tribunales", lo que desvalorariza el aparato judicial.
La vida humana vale 150 mil, 200 mil, 300 mil, medio millón y más, según las condiciones económica del matador.
La virginidad de una niña adquiere connotación de "fino negocio", ya que muchos padres la sortean entre 100, 200 y hasta 300 mil pesos por la  prisión preventiva y el nefasto descrédito del imputado o acusado, sino paga en medio de la amenaza.
Ha que detener las negociaciones económicas extrajudiciales que se verifican con regularidad  y que cualquierizan el tren judicial en Hato Mayor.
No busco con este escrito  manchar o herir la dignidad de jueces y fiscales, a quienes prueba lo contrario son probos, más bien busco hacer mi aporte para que se detenga lo que considero negocio solapado sin justicia fuera de los tribunales.
Pienso y lo he discutido con jurisconsultos, que aunque la familia venda sus muertos, la justicia no se puede vender, quedándose alelada sin hacer nada.
No se puede permitir o pretender ser noble cuando se está permitiendo la innoblesa.
Pienso que jueces y fiscales tienen que abogar por el adecentamiento real de la justicia, logrando que las negociaciones aviesa y perversa dañen la imagen de una justicia, que aún sigue siendo la mejor de la región Este.
A los abogados no quiero culparlos, porque sé que ellos viven del ejercicio y de beneficiar a los clientes judiciales, pero anhelo comunicarle, para que lo lean y lo estudien, que ellos no permitan que por migajas, la justicia de Hato Mayor sea exaltada a un plano donde solo cabe el descrédito y la cizaña del ejercicio profesional.
El bochorno judicial no debe estar cimentado o supeditado solo a ganar dinero, pienso que la ética moral y profesional debe cocinarse con los principios y el accionar profesional.
"Porque la familia venda su muerto, la justicia no debe venderse".






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